POR UNOS CAMPAMENTOS, LUDOTECAS, ACTIVIDADES DE OCIO… ACCESIBLES E INLCUSIVAS PARA TODAS LAS PERSONAS…CON DISCAPACIDAD TAMBIÉN
A LA ATENCIÓN DE LAS ALCALDESAS Y ALCADES DE LOS MUNICIPIOS DE CASTILLA-LA MANCHA:
Como bien sabes, el CERMI CLM es el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad de Castilla – La Mancha, es la plataforma de representación de las personas con discapacidad y sus familias en Castilla – La Mancha. Está compuesto por 12 entidades de ámbito regional que a su vez aglutinan a más de 200 asociaciones en su seno y que representan a todas las personas con discapacidad independientemente de cual sea el origen de esta discapacidad.
Nos dirigimos a ti como representante público de tu Ayuntamiento, ante las situaciones que se viene repitiendo año tras año en Escuelas de Verano, Ludotecas, Campamentos Urbanos y Actividades de ocio y tiempo libre que se vienen organizando y coordinando desde muchos Ayuntamientos de la Región. Consideramos, por las informaciones recogidas en otros veranos y por consultas que han llegado a nuestro departamento de información y orientación jurídica estas semanas, que se viene vulnerando de manera recurrente el derecho de niños y niñas a asistir a este tipo de actividades arriba mencionadas en igualdad de condiciones que el resto de participantes.
Si se discrimina a niños y niñas con discapacidad en el acceso y disfrute de estas actividades, también se está discriminando a sus familias que no pueden planificar sus vacaciones escolares y estivales en igualdad de condiciones que el resto de familias.
Desde el CERMI CLM, consideramos que se está vulnerando el artículo 10.1 de la Constitución Española, que propugna la dignidad de la persona y el libre desarrollo de su personalidad como fundamentos del orden político y social, subrayando además que “la dignidad de los niños y niñas se ve afectada en estos casos por una discriminación injustificada que no tiene cabida en nuestro ordenamiento jurídico”.
También nuestro artículo 14 de la constitución garantiza que todas las personas son iguales ante la ley y no puede caber ninguna discriminación por ninguna condición especial, ningún niño o niñas puede ser expulsado o no admitido en una Escuela, Ludoteca o Campamento de verano por su condición de persona con discapacidad.
Para reforzar aún más el papel determinante de los poderes públicos en esta cuestión, transcribir aquí parte del contenido del artículo 49 de la Constitución en el que se requiere a los poderes públicos una actitud activa y un amparo especial de los derechos de las personas con discapacidad, “entre los que se encuentran los vulnerados en el presente caso”.
Debemos recordarles también que se vulneran varios artículos de la Convención Internacional de los derechos de las personas con discapacidad de la ONU, en concreto su artículo 5.2, ya que se produce una “discriminación basada únicamente en la condición del niño o niña de persona con discapacidad. Los municipios no pueden dar un trato diferente a los menores y a sus familias, incluso desde el momento previo de la inscripción o solicitud de plaza, condicionando su asistencia a una supuesta valoración por parte de los organizadores o coordinadores de estas actividades.
Cabe señalar también que se viola el artículo 7 de la Convención (en sus apartados 1 y 2), pues con estas trabas no se hace efectivo el disfrute de los derechos reconocidos en igualdad de condiciones que el resto de niños y niñas, a los que no se les hace ninguna valoración previa para ser admitidos o no en estas actividades lúdicas. Si los participantes en las actividades requieren de apoyos puntuales específicos, los ayuntamientos (o las empresas que se encargar de gestionar estas actividades), están obligados a través a facilitar la prestación de los mismos, no hay excusa válida al respecto para no hacerlo.
Con estas actuaciones se les priva a los niños y niñas y a sus familias del disfrute y ejercicio del derecho a la participación en la comunidad, contenido en el artículo 19 de la Convención de la ONU, y por lo tanto a todas las actividades que se organicen por parte de cualquier Administración o particular y en las que participen niños y niñas.
Recogemos aquí también, el artículo 30 de la Convención (en sus apartados 2, 3 y 5), ya que ninguna organización pública o empresa puede considerar que tener una discapacidad supone un problema para participar en igualdad de condiciones que el resto de niños y niñas sin discapacidad
Ahondando aún más en la vulneración de derechos producida por la no admisión o por establecer criterios de acceso diferentes a los niños y niñas con discapacidad en las Escuelas de Verano, ludotecas o actividades puntuales de ocio de los Ayuntamientos, se debe citar aquí el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, que en su Título I, Derechos y Obligaciones, en su artículo 7, Derecho a la Igualdad, apartado 3 señala que “3. Las administraciones públicas protegerán de forma especialmente intensa los derechos de las personas con discapacidad en materia de igualdad entre mujeres y hombres, salud, empleo, protección social, educación, tutela judicial efectiva, movilidad, comunicación, información y acceso a la cultura, al deporte, al ocio así como de participación en los asuntos públicos, en los términos previstos en este Título y demás normativa que sea de aplicación”.
Igualmente el Artículo 50, Contenido del derecho a la protección social, en su punto 1, señala que “ Las personas con discapacidad y sus familias tienen derecho a los servicios sociales de apoyo familiar, de prevención de deficiencias y de intensificación de discapacidades, de promoción de la autonomía personal, de información y orientación, de atención domiciliaria, de residencias, de apoyo en su entorno, servicios residenciales, de actividades culturales, deportivas, ocupación del ocio y del tiempo libre”.
Descendiendo al ámbito competencial de nuestra Comunidad autónoma, consideramos que se vulneran igualmente derechos del menor reconocidos ya en la Ley 7/2014, de 13 de noviembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Castilla-La Mancha (publicada en el DOCM N. º 233 de 02/12/2014), que en su Sección 5, dedicada a la Cultura, deporte y ocio, en concreto en su artículo 40. Acceso y participación en la vida cultural (apartado1) dice que “las administraciones y entidades públicas de Castilla-La Mancha, dentro del ámbito de sus competencias, favorecerán el derecho de las personas con discapacidad a participar en igualdad de condiciones con las demás en la vida cultural y de ocio y adoptarán las medidas pertinentes para asegurar el acceso y disfrute de las personas con discapacidad a la oferta cultural comunitaria a través de entornos y recursos accesibles”.
Esta misma Ley en su artículo, 42, relativo a la oferta turística y de ocio, establece que, “las administraciones y entidades públicas de Castilla-La Mancha desarrollarán actuaciones dirigidas a facilitar el acceso y disfrute de las personas con discapacidad a la oferta turística y de ocio en igualdad de condiciones que las demás personas”.
Por todo lo anteriormente expuesto solicitamos que si los participantes en las actividades de verano necesitan que se les presten los apoyos que requieran, se le presten y se diseñen la actividades bajo el principio de accesibilidad universal y diseño para todas las personas.
Como entidad representativa de todo tipo de discapacidad en Castilla – La Mancha, estaremos vigilantes ante cualquier situación que pueda suponer una vulneración de derechos de los niños y niñas con discapacidad y sus familias en el acceso a estas actividades, pudiendo ejercer en el caso que fuese necesarios las actuaciones que se considere más adecuada a derecho para hacer cumplir las leyes que amparan a las personas con discapacidad, y en este caso, en particular, a los niños y niñas con discapacidad y a sus familias.
Confiando en que podamos seguir avanzando en una sociedad más inclusiva y diversa, recibe un cordial saludo.
Cristina Gómez Palomo
Presidenta del CERMI Castilla-La Mancha